de acuerdo a la ley para la regularización y control de los arrendamientos y viviendas gaceta oficial 6.053, en su articulo 91 de forma taxativa expone cuales son las causales para que proceda el desalojo, hemos de recalcar primeramente, la arbitrariedad de la norma en contra del arrendandor, aunque eso es tema aparte en este momento, tocaremos el numeral 2 del mismo "en la necesidad justificada que tenga el propietario de ocupar el inmueble o pariente consanguinio hasta el segundo grado". para iniciar el procedimiento judicial es necesario agotar la vía administrativa como la explique en anteriores veces, cumpliendo con lo que establece el parágrafo único del mismo articulo, les comento que la declaración jurada no requiere ser notariada, ahora bien.
presentamos nuestro libelo de demanda ante el tribunal competente, este caso tribunales de municipio, esta causal es la mas tomada en cuenta aunque cuando el legislador se refirió a la NECESIDAD lo hizo de forma muy amplia y subjetiva, se puede aprecia que el legislador no dio pautas en que términos se considera necesidad por lo que de acuerdo a una apelación desarrollada por el juez abg EDUARDO CHIRINOS expediente numero 14290 en fecha 21 julio del 2009 A) La existencia de una relación arrendaticia por tiempo indefinido, bien se trate, de un contrato verbal o por escrito.
B) Acreditar en el proceso la cualidad de propietario del inmueble arrendado, pues de lo contrario, el accionante carecería de legitimidad activa para sostener el juicio, y el Juez en tal caso sólo podrá acordar la extinción del contrato, cuando la parte actora abstente la titularidad del derecho controvertido en los términos establecidos ex lege.
C) Por último y de manera concurrente a los requisitos señalados, debe el propietario justificar la necesidad que tiene de ocupar el inmueble con preferencia al propio arrendatario.
para lograr que sea declarada con lugar la sentencia es importante llenar estos requisitos a cabalidad o sino se vera comprometida la decisión.
MEDIOS PROBATORIOS EFICACES:
1) prueba testimonial, testigos directos con el caso
2)inspección judicial del juez en el lugar donde habita la arrendadora
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